martes, 27 de julio de 2010

LA TECNOLOGÍA EN EL ARBITRAJE


Hoy en día, y con la tremenda aportación de la televisión en todos los deportes se ha vuelto muy común que el público, los entrenadores y los jugadores, reclamen alguna decisión arbitral, requiriendo y fundamentando su apreciación en algún video que haya sido grabado por algún espectador, alguna persona de la televisión local e inclusive alguna persona relacionada directamente con alguno de los dos equipos.
Revisemos la regla:
“PROCEDIMIENTO EN CASO DE PROTESTA”
C.4 “Los videos, películas, fotografías o cualquier otro equipo visual, electrónico, digital o de otro tipo sólo podrá utilizarse para:
* Decidir si un último lanzamiento se realizó dentro del tiempo de juego al final de cada período o periodo extra.
*Determinar responsabilidades en aspectos disciplinarios o con fines educativos una vez que el partido haya concluido.

Interpretación FIBA:
Cualquier instrumento tecnológico que se vaya a utilizar para determinar alguna duda, deberá ser revisado y autorizado por el comité organizador y el primer juez.
Los equipos deberán ser notificados antes del inicio del juego, que en caso de duda se utilizará el medio electrónico autorizado y sólo para los fines que las reglas FIBA establecen.

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